Los cuentapropistas de la AFIP deben hacer este trámite en enero y julio. Conocé para qué sirve y cuáles son los pasos a seguir.
Fuente: ámbito

Los monotributistas de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) deben realizar un trámite todos los años en enero y julio. Se trata de se la recategorización semestral para los contribuyentes del Régimen Simplificado.
Este trámite puede realizarse desde el 1 hasta el 27 de enero, sin excepción. En caso de que se pase la fecha y no se haya hecho la recategorización, la AFIP puede hacer la recategorización de oficio, además de aplicar sanciones.
Monotributistas: para qué sirve la recategorización
Para recategorizarse en los niveles del monotributo, hay que analizar que no hayan cambiado los valores de los siguientes puntos en los últimos 12 meses:
- La facturación.
- La superficie afectada a la actividad.
- La energía eléctrica consumida.
- Los alquileres devengados.
Según el total de los valores que arroje cada parámetro, habrá que recategorizarse a la categoría que corresponda según el parámetro más alto. Si corresponde quedarse en la misma categoría, no se debe hacer ningún trámite.
AFIP
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