La Secretaría de Defensa del Consumidor recordó que los proveedores de bienes y servicios que facturen a consumidores finales están obligados a recibirlas como medio de pago. Tampoco pueden aplicar recargos.
La Secretaría de Defensa del Consumidor recordó que los comercios están obligados a recibir tarjetas de débito para el cobro de compras superiores a $100. Inspectores del organismo dependiente del Ministerio de Gobierno, Derechos Humanos y Justicia, elaboraron un acta de verificación en un Supermercado Día por no haberla aceptado como medio de pago.
La exigencia también alcanza a quienes presten servicios de consumo masivo, realicen obras o efectúen locaciones de cosas muebles. Así lo establece la ley 27253, publicada en junio de 2016 y cuyo organismo de aplicación es la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP).
El objetivo de esta medida es blanquear el circuito comercial, obligando a los comerciantes a bancarizar las operaciones.
Por último, se recordó que está prohibido aplicar un recargo por el pago con débito por mínimo que fuese. A los consumidores se recomienda rechazarlo, asentar la infracción en el Libro de Quejas y realizar la denuncia en la Secretaría de Defensa del Consumidor.
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